Así como nosotros abandonamos a nuestros hermanos
Amen
En caso de accidente... ¡no auxiliar es delito! lo dicen los artículos 195 y 196 del código penal.
También puede ser un delito duramente castigado el auxiliar a personas que se están ahogando si estas personas son refugiados que huyen de la guerra, del hambre, de la miseria.
Seguramente tu no lo entenderás, pero es que la justicia no es igual para todos, es como un cajón de sastre donde se pueden extraer los retales que más interesen para tapar las vergüenzas, para cerrar los ojos, para secarse las lágrimas cinicamente ante tanta atrocidad
https://www.eldiario.es/sociedad/Autorizan-Open-Arms-zarpar-rescates_0_889611138.html
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